Comunicado oficial: Decreto 1692 de 2020 – Sistemas de Pago de Bajo Valor

diciembre 21, 2020

La Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicaron el pasado 18 de diciembre de 2020 el esperado Decreto 1692 de 2020 “Por medio del cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los sistemas de pago de bajo valor.” El mencionado decreto busca actualizar el sistema de pagos para facilitar la inclusión financiera y crear un ecosistema digital por medio del cual se facilite el acceso de nuevos actores en la cadena de pagos.

La Cámara Colombiana de Comercio Electrónico (CCCE) encuentra positiva la iniciativa de concretar una actualización del sistema de pagos en aras de que este sea ajustado y corresponda a las nuevas realidades de la economía digital. Para el efecto nos permitimos resaltar algunos cambios que encontramos de gran relevancia para el sector:

  • Nuevo concepto de Sistema de pago de bajo valor: se suprime la fórmula matemática para diferenciarlos con los sistemas de pago de alto valor y, en su lugar expresa que en ellos se procesan órdenes de pago o transferencia distintas a las procesadas por un sistema de alto valor.
  • Definición de Usuario y de Participante: el usuario debe ser considerado como persona que utiliza los servicios financieros para ejecutar una orden de pago o transferencia de fondos. Por el contrario, el participante se refiere a quien haya sido autorizado para tramitar órdenes de pago o transferencia de fondos.
  • Definición de Ordenante: incluye también patrimonios autónomos, pues no siempre el ordenante es el titular del medio de pago, sino que en muchos casos es quien está autorizado para disponer de tales recursos.
  • Adquirencia: habilita a nuevas entidades para desarrollar la actividad de adquirencia, extendiendo dicha posibilidad inclusive a entidades no vigiladas.
  • Definición de Proveedor de servicios de pago: se refiere a las Pasarelas de pago como nuevos actores en el sistema.

Desde el gremio mantuvimos una participación con la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), resaltando la importancia de que la regulación promoviera la interoperabilidad entre sistemas de pago, en donde puedan convivir diferentes tipos de tecnologías y estándares que permitan la conexión y el funcionamiento del sistema.

Encontramos que el objetivo de la regulación debe ser permitirle a los usuarios el acceso a distintos proveedores de servicios, garantizando la accesibilidad, pero también los efectos de red, elemento crucial para las economías de escala de los modelos de negocio en la economía digital, lo que redunda en menores costos para los usuarios.

El decreto trae cambios trascendentales para el sistema, pues permite la entrada de nuevos actores en la actividad de adquirencia, define cambios en materia de gobierno corporativo para entidades administradoras del sistema de pagos e incluso establece un nuevo registro para sociedades no vigiladas que desarrollen la actividad de adquirencia, donde se deberá cumplir con ciertos requisitos para que la Superintendencia Financiera de Colombia pueda autorizar la inscripción en el mencionado registro.